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Definiciones de procesos inclusivos.

En la actualidad escuchamos hablar de Diversidad e Inclusión en todas partes, pero sabemos lo que realmente es, o conocemos la definición que implica estos procesos. Comenzaremos por definir:

Cultura inclusiva: Se define como las acciones que inciden en la formación de una cultura organizacional que valora la diferencia en distintos tipos de expresiones, de manera transversal en los grupos de interés: trabajadores/as, proveedores, clientes, entre otros. Considera actividades que contribuyan a la disminución de barreras actitudinales, tales como mitos, prejuicios y estereotipos y también actividades de orientación y acompañamiento con enfoque inclusivo y de derechos. Por ejemplo, prácticas de comunicación interna, desarrollo de comités de inclusión multidisciplinario, iniciativas de sensibilización, charlas de sensibilización, charlas sobre discapacidad, entre otros.

Gobernanza: Se define como las acciones de sistematización de acuerdos y declaraciones de la empresa en torno a la temática. Incluye políticas de diversidad e inclusión, protocolos de acción y sistemas de gestión, entre otros.

Sensibilización y concientización: Se definen como todas aquellas acciones que tienen como objetivo abordar los mitos, prejuicios y estereotipos que existen en la sociedad sobre las PcD y establece dentro de sus acciones, tal y como señala la Convención, promover el modelo social , combatir las barreras actitudinales y concientizar (hacer consciente la brecha y el derecho al empleo).

Accesibilidad y ajustes razonables: Concerniente a los espacios físicos, el lenguaje y las comunicaciones , en el caso de las personas con discapacidad, las señaléticas, dispositivos externos y tecnologías asistidas, entre otros. Los ajustes razonables se definen como “las medidas de adecuación del ambiente físico, social y de actitud a las carencias específicas de las personas con discapacidad que, de forma eficaz y sin que suponga una carga desproporcionada, faciliten la accesibilidad o participación de una persona con discapacidad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos” (art. 8. Ley. 20.422).

Reportabilidad: Se define como los mecanismos de reporte de la diversidad en las organizaciones, algunos de estos pueden estar directamente relacionados a la contratación de PcD. Esta categoría puede responder también, a la creación de indicadores de gestión que promueva la inclusión y la diversidad en las empresas.

Comunicaciones: Se refiere a las acciones transversales o particulares que lleva a cabo la organización de manera de lograr una comunicación efectiva entre los/las trabajadores/as en el ámbito de la inclusión. Independientes de su alcance, las acciones de esta línea están enfocadas a la generación de una cultura inclusiva al interior de la empresa.

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